Policía Local
Santiago del Teide

INFORMACIÓN IMPORTANTE

Tras la reciente declaración del Nivel 3 de Alerta en la Isla de Tenerife para paliar los efectos de la pandemia por COVID-19 -que estará vigente desde las 00:00 de mañana 26 de junio hasta el día 7 de julio de 2021, inclusive-, desde el #AyuntamientoSDT comunicamos las medidas establecidas en la mencionada declaración:

   Se podrán establecer grupos máximos de hasta 4 personas, tanto en espacios públicos como privados

     En el ámbito de la hostelería:

1. Cierre antes de las 23.00H.

2. Queda prohibida la actividad en interior de los establecimientos.

3. Las terrazas al aire libre deberán contar con un 50% de aforo y 4 comensales por mesa.

4. Queda prohibido el consumo en barra.

    En los comercios y servicios profesionales se establecerá un aforo máximo del 33% en interiores.

   En los centros comerciales y zonas comunes, se deberá contar con un aforo máximo del 33%, quedando prohibidas las zonas recreativas y estancia en zonas comunes, salvo para el tránsito.

   En el caso de la Actividad Física no Federada:

1. Al aire libre: 50% de aforo por sala, 4 personas máximas

por grupos -incluido el/la monitor/a- y se deberá respetar

la distancia de seguridad por grupos.

2. En interiores deberá haber un aforo máximo del 33% por

sala; 4 personas máximas por grupos -incluido el/la

monitor/a- y se deberá respetar la distancia de seguridad y

el uso de mascarilla.

     Actividad Deportiva Federada Profesional y Federada Nacional e Internacional: máximo de 25 personas y prohibición de las actividades de combate y contacto físico interpersonal continuado.

   Quedan suspendidas las Actividades Deportivas Federadas Regional e Insular -competición- así como los entrenamientos.

   Actividad Deportiva Federada Regional e insular (entrenamientos):

1. Al aire libre: 50% de aforo por sala, 4 personas máximas

por grupos -incluido el/la monitor- y se deberá respetar la distancia de seguridad por grupos.

2. En interiores deberá haber un aforo máximo del 33% por  sala; 4 personas máximas por grupos -incluido el/la monitor- y se deberá respetar la distancia de seguridad y el uso de mascarilla.

   Eventos deportivos:

1. No podrán celebrarse eventos multitudinarios sujetos a autorización previa.
 

2. No se permite la asistencia de público en los eventos deportivos no sujetos a autorización, salvo para el acompañamiento de menores al aire libre con gradas -máximo 2 personas y 15% de aforo, quedando prohibida la ingesta de alimentos, bebida y tabaco-  

En cuanto a los lugares de culto religioso, se establece un aforo máximo del 33%.

   En los velatorios y entierros, queda establecido un aforo máximo del 33% -20 personas al aire libre, 10 en espacios cerrados, 24 personas en cuanto a comitivas y 5 personas en el caso de incineraciones-.

   Respecto a las bodas, bautizos, etc., se deberá realizar un previo aviso al ayuntamiento, destacando que el servicio deberá ser en mesa y queda prohibida la realización de bailes.

   En los cines y teatros, queda establecido un aforo máximo del 55%, pudiendo realizarse grupos de hasta 4 convivientes estables.

   En los museos y bibliotecas se deberá respetar un aforo máximo del 33% y grupos de hasta 4 personas.

   Playas: Aforo máximo del 50%, grupos de hasta 4 personas, -destacando que los no convivientes deberán guardar distancia de 1,5m cuando no hagan uso de la mascarilla-.

    Respecto a las piscinas de uso colectivo y spa, se establece un aforo del 33% en el caso de las descubiertas y grupos de hasta 4 personas.

1. Piscinas cubiertas públicas, abiertas para actividad terapéutica y mejora de la salud.

2. Queda prohibido el uso de saunas.

     Respecto a los campamentos infantiles, deberán realizarse en el exterior y contar un aforo del 33% y 20 personas máximo -incluido el/la monitor/a-, debiendo realizar grupos de hasta 2 personas.

   Queda prohibida la realización de acampadas y utilización de refugios y albergues no sociales.

   Quedan prohibidos los eventos multitudinarios de carácter eventual para más de 10 personas, así como espectáculos públicos.

1. Suspendidas las fiestas, verbenas y eventos populares.

2. Atracciones de feria: 50% de aforo máximo y prohibidas las que no garanticen que los/as usuarios/as no permanezcan al aire libre en todo momento.

     Establecimientos turísticos de alojamiento: Se deberá respetar un aforo del 33%. 1. Turismo activo y actividades con guía turístico: máximo 20 personas en grupos de 4.

   Locales de juego: aforo máximo del 33% y 4 personas máximas en mesas con distancia de seguridad.

   Embarcaciones de recreo: 50% de aforo máximo y grupos de hasta 4 personas.

    Quedan prohibidas las visitas en las residencias de estudiantes y cerradas las zonas comunes.

    Quedan suspendidas las actividades en centros recreativos para niños/as y jóvenes -ludotecas infantiles y AAVV-.

    Queda prohibido el ocio nocturno y no está permitida la venta ni el consumo de bebidas alcohólicas en la vía pública, parques o zonas de aparcamiento.