INFORMACIÓN IMPORTANTE
Tras la reciente declaración del Nivel 3 de Alerta en la Isla de Tenerife para paliar los efectos de la pandemia por COVID-19 -que estará vigente desde las 00:00 de mañana 26 de junio hasta el día 7 de julio de 2021, inclusive-, desde el #AyuntamientoSDT comunicamos las medidas establecidas en la mencionada declaración:
Se podrán establecer grupos máximos de hasta 4 personas, tanto en espacios públicos como privados
En el ámbito de la hostelería:
1. Cierre antes de las 23.00H.
2. Queda prohibida la actividad en interior de los establecimientos.
3. Las terrazas al aire libre deberán contar con un 50% de aforo y 4 comensales por mesa.
4. Queda prohibido el consumo en barra.
En los comercios y servicios profesionales se establecerá un aforo máximo del 33% en interiores.
En los centros comerciales y zonas comunes, se deberá contar con un aforo máximo del 33%, quedando prohibidas las zonas recreativas y estancia en zonas comunes, salvo para el tránsito.
En el caso de la Actividad Física no Federada:
1. Al aire libre: 50% de aforo por sala, 4 personas máximas
por grupos -incluido el/la monitor/a- y se deberá respetar
la distancia de seguridad por grupos.
2. En interiores deberá haber un aforo máximo del 33% por
sala; 4 personas máximas por grupos -incluido el/la
monitor/a- y se deberá respetar la distancia de seguridad y
el uso de mascarilla.
Actividad Deportiva Federada Profesional y Federada Nacional e Internacional: máximo de 25 personas y prohibición de las actividades de combate y contacto físico interpersonal continuado.
Quedan suspendidas las Actividades Deportivas Federadas Regional e Insular -competición- así como los entrenamientos.
Actividad Deportiva Federada Regional e insular (entrenamientos):
1. Al aire libre: 50% de aforo por sala, 4 personas máximas
por grupos -incluido el/la monitor- y se deberá respetar la distancia de seguridad por grupos.
2. En interiores deberá haber un aforo máximo del 33% por sala; 4 personas máximas por grupos -incluido el/la monitor- y se deberá respetar la distancia de seguridad y el uso de mascarilla.
Eventos deportivos:
1. No podrán celebrarse eventos multitudinarios sujetos a autorización previa.
2. No se permite la asistencia de público en los eventos deportivos no sujetos a autorización, salvo para el acompañamiento de menores al aire libre con gradas -máximo 2 personas y 15% de aforo, quedando prohibida la ingesta de alimentos, bebida y tabaco-
En cuanto a los lugares de culto religioso, se establece un aforo máximo del 33%.
En los velatorios y entierros, queda establecido un aforo máximo del 33% -20 personas al aire libre, 10 en espacios cerrados, 24 personas en cuanto a comitivas y 5 personas en el caso de incineraciones-.
Respecto a las bodas, bautizos, etc., se deberá realizar un previo aviso al ayuntamiento, destacando que el servicio deberá ser en mesa y queda prohibida la realización de bailes.
En los cines y teatros, queda establecido un aforo máximo del 55%, pudiendo realizarse grupos de hasta 4 convivientes estables.
En los museos y bibliotecas se deberá respetar un aforo máximo del 33% y grupos de hasta 4 personas.
Playas: Aforo máximo del 50%, grupos de hasta 4 personas, -destacando que los no convivientes deberán guardar distancia de 1,5m cuando no hagan uso de la mascarilla-.
Respecto a las piscinas de uso colectivo y spa, se establece un aforo del 33% en el caso de las descubiertas y grupos de hasta 4 personas.
1. Piscinas cubiertas públicas, abiertas para actividad terapéutica y mejora de la salud.
2. Queda prohibido el uso de saunas.
Respecto a los campamentos infantiles, deberán realizarse en el exterior y contar un aforo del 33% y 20 personas máximo -incluido el/la monitor/a-, debiendo realizar grupos de hasta 2 personas.
Queda prohibida la realización de acampadas y utilización de refugios y albergues no sociales.
Quedan prohibidos los eventos multitudinarios de carácter eventual para más de 10 personas, así como espectáculos públicos.
1. Suspendidas las fiestas, verbenas y eventos populares.
2. Atracciones de feria: 50% de aforo máximo y prohibidas las que no garanticen que los/as usuarios/as no permanezcan al aire libre en todo momento.
Establecimientos turísticos de alojamiento: Se deberá respetar un aforo del 33%. 1. Turismo activo y actividades con guía turístico: máximo 20 personas en grupos de 4.
Locales de juego: aforo máximo del 33% y 4 personas máximas en mesas con distancia de seguridad.
Embarcaciones de recreo: 50% de aforo máximo y grupos de hasta 4 personas.
Quedan prohibidas las visitas en las residencias de estudiantes y cerradas las zonas comunes.
Quedan suspendidas las actividades en centros recreativos para niños/as y jóvenes -ludotecas infantiles y AAVV-.
Queda prohibido el ocio nocturno y no está permitida la venta ni el consumo de bebidas alcohólicas en la vía pública, parques o zonas de aparcamiento.
. |
|